La pandemia Covid-19 ha impuesto protocolos que están poniendo en jaque el llamado consentimiento informado, es decir, que en nombre de la crisis sanitaria, la persona, la paciente, ha perdido todos sus derechos sobre su cuerpo.
Cuando alguien acude al hospital o a un centro de sanitario con síntomas que pueden ser declarados de Covid-19 hay que saber que para aplicar los protocolos dictados por la Organización Mundial de la Salud, el personal sanitario no solicite la autorización para practicarlos.
Desde marzo 2020, la mayoría de sedaciones, intubaciones y otros tratamientos se han practicado sin el consentimiento informado de la persona. Y por supuesto, tras el fallecimiento incluso se llegó a no dejar intervenir la familia para disponer del cuerpo.
Hasta ahora cuando alguien no quería que frente a una posible enfermedad recibiera tratamientos invasivos o incluso experimentales debía haber hecho el llamado testamento vital, también conocido como instrucciones previas o voluntades anticipadas.
En el documento de instrucciones previas o testamento vital, una persona mayor de edad, con plenas capacidades y libremente, manifiesta anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y tratamientos que podría precisar en el futuro y el destino final de su cuerpo.
El objetivo de este es que el personal sanitario respete la voluntad del paciente de no recibir tratamientos médicos que no desea. Ya sea porqué pueden suponer alargar inútilmente su vida, cómo por ponerla en riesgo debido a que le apliquen tratamientos invasivos que no se adaptan a su manera de pensar.
Hasta ahora el testamento vital se pensaba más para enfermedades terminales, pero la pandemia Covid-19, aún siendo una enfermedad no mortal mayoritariamente, ha impuesto el que en nombre de las "normas" no se pregunte al paciente.
Es por ello que es bueno plantearse no sólo un testamento vital clásico pensando en el posible final de vida, sino con una visión más amplia.
El abogado defensor de los derechos constitucionales, Luis Miguel Ortega (Scabelum), ha redactado un documento modelo de testamento vital que creemos es interesante conocer para protegerse de los protocolos y normas aplicadas en estos tiempos "pandémicos".
Lo interesante de esta propuesta-modelo es que plantea la mayor parte de las situaciones que pueden acelerar el final de vida de una persona o que este no sea como lo hubiera preferido ella.
Ante esta vulneración sistemática de derechos sanitarios en estos tiempos mal llamados de pandemia, es relevante, al menos, reflexionar sobre ello.
Aunque cada Comunidad autónoma tiene su modelo de acuerdo con lo que previsto en la Ley española, estos son demasiado ambiguos en algunos aspectos y no interpretan las situaciones que se han planteado con la imposición de los protocolos Covid-19.
En general el Testamento vital se centra en:
"Para mi proyecto vital, la calidad de vida es un aspecto muy importante y la relaciono con unos criterios que deben ser respetados tal y como declaro en este documento. Entre otros, son los siguientes:
- La posibilidad de comunicarme de cualquier manera y relacionarme con otras personas.
- El hecho de no sufrir dolor importante, ya sea físico o psíquico.
- La posibilidad de mantener una independencia funcional suficiente que me permita ser autónomo para las actividades propias de la vida diaria.
- El hecho de no prolongar la vida por sí misma si no se dan los mínimos que resultan de los apartados precedentes cuando la situación es irreversible.
- El hecho de permanecer en mi domicilio habitual en los últimos días de mi vida y morir en él.
- En la interpretación de este documento quiero que se tenga en cuenta la opinión de mi representante en lo referente a cualquier decisión sobre mí.
- En caso de que el profesional sanitario que me atienda no pueda asumir una actuación de acuerdo con mi voluntad aquí expresada, solicito ser atendido por otros profesionales sanitarios que puedan hacerlo."
El modelo propuesto por la gabinete Scabelum incide en aspectos tan concretos como necesarios de que sean respetados tales como:
1. PROCEDIMIENTOS CLÍNICOS | 10. AUTONOMÍA FÍSICA | 19. ÚLTIMOS DÍAS DE MI VIDA |
2. PSICOLOGÍA O PSIQUIÁTRÍA | 11. ESTADO DE LUCIDEZ TRANSITORIA | 20. MUERTE AGÓNICA |
3. INFORMACIÓN CLÍNICA | 12. HIGIENE CORPORAL | 21. DONACIÓN DE ÓRGANOS |
4. INGRESOS | 13. COMA O ESTADO VEGETATIVO | 22. INSTRUCCIONES SOBRE MI CUERPO |
5. TRATAMIENTOS | 14. SEDACIÓN | 23. EMBARAZO |
6. CORONAVIRUS Y SUS VARIANTES | 15. EUTANASIA | 24. ANTE POSIBLE NEGLIGENCIA MÉDICO |
7. VACUNACIONES | 16. CUIDADOS PALIATIVOS | 25. AGRADECIMIENTO A QUIENES ME CUIDARON |
8. TRANSFUSIONES | 17. DIAGNÓSTICO FATAL | 26. DESPUÉS DEL FALLECIMIENTO |
9. DIETA | 18. RESIDENCIA TERCERA EDAD |
Aquí los dejamos enumerados a modo de guion para que el lector estudie con detalle el documento de texto que facilita el abogado Luis Miguel Ortega y pueda valorar sus opciones.
En cualquier caso, ya advertimos también desde el inicio de la pandemia, que frente a los protocolos funerarios establecidos, la familia debía valorar evitar cualquier ceremonia de despedida de mínimos. También facilitamos consejos respecto a los funerales para la nueva normalidad.